sábado, 2 de marzo de 2013

PREFERENTES BANKIA: A VUELTAS CON EL ARBITRAJE-CANJE

Sobre la propia noticia, remarco con letra de mayor tamaño y en color rojo, lo que considero mas importante, para que lo sopeséis y podáis prestar mas atención a vuestros propios casos y opiniones. El problema, es de peso, y solo vosotros tendréis que decidir. Ojala la decisión sea sabia y acertada. Aceptando el arbitraje, ya sabéis que os debéis a su obligada aceptación. Con el canje, no me atrevo a deciros ni una sola palabra, después de tantas como he dicho.

Ya sabéis lo de siempre... vía libre, y necesaria, a los juzgados...
Si queréis, podéis acusarme de pesado por repetitivo, pero..., mucho  me temo que algunos, o mas bien varios, lleguen tarde...

¡¡¡Suerte, inteligencia, no simpatías ideológicas, y al toro!!!...

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02 de Marzo, 13:55 pm









PRODUCTOS HÍBRIDOS POLÉMICOS

Bankia: ¿Qué pueden hacer los inversores con preferentes y deuda subordinada?


La solución está al caer: se conocerá antes del mes de junio y llegará con pérdidas. Pero muchos inversores podrán resarcirse de las pérdidas gracias al arbitraje o a la vía legal.







Al margen de los 400.000 accionistas de Bankia, existen en torno a 100.000 ahorradores con acciones preferentes, deuda subordinada perpetua y deuda subordinada con vencimiento que están expectantes por saber cuándo y cómo será el canje final de sus títulos. Su devenir será muy diferente, en función del producto, de la entidad emisora y del año de emisión. 
Preferentes: Bankia cuenta con 3.057 millones de euros en preferentes, de tres emisiones: la de Caja Madrid de 2009, de 3.000 millones de euros, y dos de 2009, de Caixa Laietana (de 27 millones de euros) y de Caja Canarias (de 30 millones de euros). Según las pautas que ha marcado Bruselas, estos títulos se canjearán por acciones de Bankia con un descuento medio del 39 por ciento. Hablamos de medias y no de cifra final cerrada ya que cada emisión tendrá su quita particular. No obstante, muy probablemente el canje de las preferentes de Caja Madrid (las más numerosas) se realizará asumiendo la citada pérdida del 39 por ciento. 
En el caso de los bonistas a la espera de solución, no se conoce el número de ahorradores con deuda subordinada de Bankia (la entidad no ha facilitado la cifra), pero sí el montante aproximado del saldo en circulación: en torno a 1.800 millones de euros. En este caso, hay un número bastante abultado de emisiones a la espera de ver las quitas que sufrirán y que estarán entre el 14 y el 46 por ciento. 
¿Qué hacer? Las opciones son variadas tanto para los tenedores de preferentes como para los bonistas. Fernando Zunzunegui, abogado especializado en derecho bancario y profesor de la Universidad Carlos III, recomienda a todos aquellos clientes que estimen que han sido víctimas de una comercialización fraudulenta que contraten un servicio de asesoramiento legal que les permita valorar las posibilidades de reclamar que tienen. En su despacho, numerosos afectados con preferentes han firmado una «hoja de encargo profesional», un contrato de asesoramiento legal para guiarles en todo el proceso, que contempla un análisis de las posibilidades de reclamar por la vía legal o de acudir al proceso de arbitraje que abrirá la entidad después de realizar el canje tanto de preferentes como de deuda subordinada perpetua. 
El arbitraje es, de hecho, uno de los grandes temas que genera dudas a los inversores actuales. Se trata de un método privado para la solución de conflictos en el que las partes interesadas se someten voluntariamente a la tutela de un tercero, «el árbitro».«Para ser válido, la Ley de Arbitraje exige que ambas partes pacten el arbitraje previa y libremente, y que se comprometan a acatar la decisión del árbitro», comenta Javier Íscar de Hoyos, secretario general de Aeade (Asociación Europea de Arbitraje). 
Para participar en este proceso (gratuito para el ahorrador y que podría permitirle recuperar el 100 por cien de su inversión), el inversor deberá mostrarse proactivo y solicitar a la entidad su deseo de entrar en él. En principio, Bankia comunicará a todos los afectados todos los pasos que deberán llevar a cabo para optar al arbitraje y facilitará los impresos oportunos. Desde el banco aseguran que podrán solicitar el arbitraje todos los afectados con preferentes. Aunque será una auditora externa (en concreto KPMG) quien se encargue de seleccionar los casos que sí acudirán al proceso y los que no. Bankia, por su parte, se compromete a someterse al arbitraje del 100 por cien de los casos que pasen la criba de KPMG.
¿Quién puede reclamar?. Juan Ignacio Navas Marqués, letrado Socio-Director de Navas & Cusí Abogados, estima que son «aptos» para el arbitraje todos aquellos ahorradores que estimen que sufrieron un asesoramiento inadecuado, que recibieron documentación defectuosa o errónea y que atestigüen una clara falta de capacidad inversora para entender lo que se les estaba explicando. 
De entrada, el perfil tipo que irá al arbitraje será el de inversor con un claro sesgo de depositante y que, por diversas causas, terminó contratando el producto. Pero Zunzunegui va más allá. Estima que tienen posibilidades también los perfiles que, aun siendo tenedores de acciones simples (lo que les convierte, en principio, en inversores de riesgo), puedan demostrar que no recibieron la información adecuada al suscribir las preferentes que, en su opinión, es un instrumento complejo y de mucho más riesgo. Miguel Ángel Bernal, profesor del IEB, difiere, no obstante, en este punto. Este experto estima que tienen pocas posibilidades de ser «aptos» para el arbitraje aquellos perfiles de inversores habituales de renta variable, pese a que estimen que la comercialización de preferentes que tuvieron no fue la correcta. Quienes tengan en su poder el test de conveniencia que la entidad debió realizar con un resultado de «CONVENIENTE» tienen pocas posibilidades de éxito en cualquier futura reclamación (ver más en pág. 14).
Un tema importante es que quien se someta al arbitraje debe saber que pierde la opción de reclamar por la vía legal. «El laudo del arbitraje es, salvo excepciones, inapelable», recuerda Navas Marqués.
Quien no entre en el arbitraje puede barajar la opción de reclamar por la vía judicial, en cuyo caso deberá calcular que los honorarios de los abogados (incluso si la sentencia sale a su favor) pueden ascender al 10 por ciento de su inversión. 
¿Qué hacer con las acciones? Otro tema interesante es qué hacer con las acciones una vez que se produzca el canje de las preferentes y la deuda subordinada. Desde el punto de vista legal, Fernando Zunzunegui estima que cobrarán más fuerza las futuras demandas de aquellos que vendan las acciones automáticamente después de recibirlas. «Si el inversor se queda con los títulos, la entidad podría alegar en su defensa que el inversor es capaz de asumir riesgos e incluso podría aludir a cierto carácter especulativo con su comportamiento», apunta. «Además, estimamos que en una futura demanda se puede reclamar la pérdida que pueda sufrir la acción desde que se canjea hasta que se vende, ya que estaríamos hablando de inversores forzosos», añade Zunzunegui. 
Desde el punto de vista meramente financiero, las posturas son dispares: Miguel Ángel Bernal aconsejaría a los inversores que se quedaran con las acciones esperando una futura apreciación siempre que se canjeen por debajo de 0,10 euros. Si el canje se ejecuta por encima, vendería. Para Bernal, una valoración de la acción por debajo de 0,10 indica que el suelo está cerca y que puede haber posibilidades de revalorización.

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