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jueves, 27 de noviembre de 2014

PREFERENTES BANKIA: OJO AL ELEGIR LA VIA PROCESAL. PENAL O CIVIL, NO ES LO MISMO.

Éste largo proceso, parece que está acabando. Lo traigo al blog porque, aclara conceptos para muchas personas. Equivocar la vía puede ser determinante, a la hora de la sentencia. Es absolutamente diferente demandar anulación de contrato (civil) que, pedir responsabilidades penales(penal).

Lo mas conveniente y mas accesible para los ahorradores, dada la edad de la  mayoría de nosotros, es demandar para anular la contratación de los productos y que cada uno devuelva lo que no es suyo. Todo lo demás, requiere detallado análisis, antes de "meter la pata". 

Remarco en cursiva y negrilla , lo desfavorable de la querella.

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CAJA MADRID

Un juez rechaza responsabilizar de las preferentes a trabajadores del banco

Un juzgado de Madrid archiva una causa penal por venta de preferentes a un anciano y rechaza que los trabajadores de Caja Madrid sean responsabilizados

Los trabajadores de los bancos sólo cumplían órdenes, y por tanto no tienen ninguna responsabilidad penal en la venta de preferentes. Son las conclusiones que esgrime un juez de Madrid para archivar un caso penal en el que tres trabajadores de Caja Madrid estaban imputados por adjudicar 18.000 euros en participaciones preferentes a un octogenario y su mujer enferma de Alzheimer: entiende el juez que no se les puede acusar de estafar al anciano ya que los hasta ahora acusados son meros trabajadores de la entidad que se dedicaron a comercializar las preferentes como producto de la entidad sin tener capacidad decisoria, sin obtener incentivos y siendo un producto que en dicha época era legal y validado por el propio Banco de España”.
Asegura también el auto que no existe engaño, ya que “se ofreció un producto con alta rentabilidad y se le entregaron los documentos que exponían los riesgos”, añadiendo que el único problema fue que como consecuencia del hundimiento de Bankia “se generó una situación de pérdida de valor de las preferentes” que los trabajadores no tenían que conocer, como tampoco conocían el estado real de las cuentas. Eso, dice el auto, sólo lo sabían los altos directivos, y ellos “cumplían con su obligación laboral” al venderlas. También rechaza que incurriesen en delitos de apropiación indebida, falsedad en documento mercantil y administración desleal.
Destaca también el juez que incluso empleados y directores de sucursales vendieron preferentes a sus propios familiares. En este caso particular, habla de una posible falta de información que podría dar origen a un proceso civil de reclamación de cantidad. Remite el juez de Plaza de Castilla a la Audiencia Nacional, donde recuerda que existe una causa abierta “contra los directivos de Bankia a fin de determinar su responsabilidad respecto de posibles delitos en la comercialización de preferentes”:
Se trata de un procedimiento judicial que arrancó en abril de 2013, con la admisión a trámite de la querella criminal presentada por el anciano después de que la Fiscalía instase su archivo. Tres trabajadores de la sucursal de Caja Madrid del madrileño barrio de Moratalaz habían sido imputados por distintos delitos, al haber participado supuestamente en la adjudicación de preferentes a este matrimonio de personas mayores, la mujer fallecida poco después víctima del Alzheimer. Durante los interrogatorios, uno de ellos reconoció que la venta de preferentes era algo que “venía de arriba”.
Luz verde a denunciar al anciano
Es el mismo proceso judicial en el que dos de estos trabajadores de la actual Bankia pidieron proceder contra el anciano denunciante por entender que había actuado de mala fe al denunciar que la firma de su esposa en los contratos había sido falsificada, cuando los informes periciales demostraron lo contrario. Sobre este aspecto asegura el juez que los trabajadores están facultados para querellarse contra el anciano “si lo considera conveniente”.
Se trata de una decisión recurrible ante la Audiencia Provincial de Madrid.¿¿....?

miércoles, 14 de mayo de 2014

PREFERENTES BANKIA: LO QUE PRETENDE EL MINISTRO, NO ES POSIBLE. EL CÓDIGO PENAL PRIMA SOBRE SUS DESEOS.

LA OPINIÓN QUE  ME MERECE LA COORDINACIÓN DEL CEREBRO DEL MINISTRO DEL INTERIOR, CON SU CORAZÓN Y SU LENGUA, ME LA CALLO PARA RENDIR PLEITESÍA AL BUEN GUSTO, Y, A LA RAZÓN. ASÍ COMO A LAS BUENAS MANERAS. POR ESO...:

                                 COPIO, CORTO Y PEGO


                                         5TELECINCO.ES

Jueces y fiscales dicen que el Código Penal es "más que suficiente" para perseguir "graves" comentarios sobre Carrasco

Destacan que la Policía no puede perseguir de oficio las injurias y son los herederos quienes deberían ejercer acciones civiles o penales

Asociaciones de jueces y fiscales han defendido que el catálogo del Código Penal es "más que suficiente" para perseguir los comentarios vertidos en las redes sociales que puedan sobrepasar la línea del delito, tras los registrados por el asesinato de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco.
En declaraciones a Europa Press, los representantes de la Carrera Judicial y Fiscal han instado a distinguir entre "frases malsonantes" y comentarios injuriosos y han destacado que "la respuesta no debe ser policial", sino que correspondería ejercer acciones civiles o penales a los herederos de la persona cuyo "honor ha sido amancillado".
El portavoz de Jueces para la Democracia (JpD), Joaquim Bosch, ha recordado que la conducta debe tener "cierta gravedad" para poder encuadrarla en un tipo penal y ha recalcado que el Código Penal tiene "una regulación más que suficiente" para dar la respuesta adecuada. "Las Fuerzas de Seguridad solo deben intervenir cuando se trata de delitos de oficio. La respuesta no debe ser policial", ha añadido.
A su juicio, es necesario apostar por un "uso razonable" de las opiniones expresadas en las redes sociales, como ocurre con las manifestadas en los medios de comunicación u otros ámbitos. En este sentido, ha instado a no llevar las "meras expresiones de mal gusto" al Código Penal, el cual ya cuenta con un "catálogo suficiente" para perseguir las conductas que merezcan un reproche mayor.
CRITICAN REFORMAR "A GOLPE DE TELEDIARIO"
En el mismo sentido, se ha expresado el portavoz del Foro Judicial Independiente, Ángel Dolado, que ha destacado que "no se puede llevar todo lo nuevo al Código Penal" y que este texto tiene figuras suficientes para perseguir las injurias.
Ha recordado que este delito no es perseguible de oficio por la Policía, sino que exige denuncia de parte. "La protección del honor del amancillado corresponde en su caso a los herederos", ha indicado Dolado, para quien es "desproporcionado" elevar estos mensajes a la categoría de apología y no se puede legislar "a golpe de telediario".
En la misma línea, el portavoz de la Asociación de Fiscales, Emilio Frías, ha considerado un "disparate" pensar en reformar el Código Penal por "impulsos, movimientos o cuestiones de oportunidad".
A su juicio, hay que diferenciar entre "insultos muy desafortunados" y las amenazas o expresiones "muy graves", que "no pueden quedar impunes" bajo el anonimato de Internet.
Por ello, ha abogado por investigar las conductas merecedoras de reproche y analizar la respuesta que el Código Penal puede aplicar. "Plantearnos ahora una modificación de este texto es apresurada", ha concluido.

sábado, 1 de diciembre de 2012

PREFERENTES BANKIA: EL PSOE ACONSEJA DENUNCIAR POR LO PENAL.-

Adjunto noticia que interesará a muchos afectados de los que me preguntan, y que aún andan un tanto perdidos. Pienso que esta noticia les resultara de inapreciable ayuda. Que tengáis suerte:

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Expansión.com

PSOE aconseja denunciar penalmente las preferentes de Bankia

Aumenta el tamaño del texto

01.12.2012Efe1

El PSOE ha animado hoy a los afectados por las preferentes y obligaciones subordinadas de Bankia a que acudan a la vía judicial penal, poniendo a su disposición asesores jurídicos y fiscales, por considerarlo una "estafa".

El secretario general autonómico de los socialistas de Castilla y León, Julio Villarrubia, ha sostenido hoy en rueda de prensa en Segovia que el PSOE no se personará en los tribunales ya que si existen delitos quien debe actuar es la Fiscalía.

No obstante, ha insistido en que, tanto en el caso de Segovia, como en Ávila, cuyas cajas están integradas en Bankia, se apoyará a los afectados que pueden perder hasta un 39% de sus ahorros en las preferentes y un 14% en las obligaciones subordinadas.

Villarrubia ha lamentado que los consejos de administración de ambas Cajas no hicieran caso a la vía propuesta por la Junta de Castilla y León, con el apoyo de la oposición socialista, para conformar una caja única en esta Comunidad.

Asismismo se ha mostrado convencido de que "hay bastantes responsabilidades por depurar y bastantes explicaciones que dar", en referencia a exconsejeros y a quienes cobraron prejubilaciones millonarias.

Preguntado por el hecho de que en los consejos también había representantes del PSOE, Villarrubia ha dicho: "Me da igual, si hay irregularidades que se depuren, pero ha habido indemnizaciones indecentes de gestores incompetentes que sólo han creado problemas".

El dirigente socialista ha lamentado que se esté manejando tanto dinero en torno a los bancos, incluidos rescates, mientras que hay ciudadanos que están pasando hambre y en exclusión social, "frente a los indecentes que se han llevado millones".

martes, 27 de noviembre de 2012

PREFERENTES BANKIA: PRIMERA VICTORIA POR LO PENAL, AUNQUE SEA DE LA CAIXA

Esto es de lo primerito, por lo penal. Me acaba de llegar. Corto y pego:

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Una jueza califica de estafa la primera causa penal por las preferentes

Una magistrada de Córdoba ve indicios de engaño por parte del subdirector de una oficina de La Caixa a un cliente que invirtió 60.000 euros. Declara al banco responsable civil

MARÍA GONZÁLEZ 27/11/2012 07:00 Actualizado: 27/11/2012 16:38
Sede de La Caixa.PÚBLICO ARCHIVO

Sede de La Caixa.PÚBLICO ARCHIVO

El caso de la denuncia de Ángel Manuel Ojeda es el primero por el que la Fiscalía empezó a acusar de estafa a un responsable de sucursal por la venta de preferentes. Concretamente, un subdirector de una oficina de La Caixa de Córdoba es el que está acusado de estafar a Ojeda y a su mujer, Rafaela Molina, al ocultarles que su inversión de 60.000 euros no era recuperable de forma inmediata.
Ahora, también es la jueza la que califica de estafa el acto que cometió el jefe de sucursal. La resolución de la magistrada del Juzgado de Instrucción número tres de Córdoba responde a un recurso de la defensa del acusado que solicitaba que se archivara su caso tras conocer el auto de procesamiento, en el que se califican los hechos. La jueza escribe que "no procede el sobreseimiento y posterior archivo de la causa" puesto que existen indicios fundados de la existencia de un delito de estafa. En el documento también decreta "la responsabilidad civil directa" de La Caixa, por lo que la entidad tendrá que afrontar las indemnizaciones que se decretan a las víctimas de la estafa.
La jueza escribe en el auto que las participaciones preferentes se les ofertaron "de forma deliberada"
Manuel Ojeda y Rafaela Molina metieron sus ahorros en preferentes en 2002 siguiendo las recomendaciones del subdirector de la sucursal, en la que llevaban cerca de 30 años. En octubre de 2010, esta pareja informó al responsable de la oficina de que tenían la intención de comprar un local con el dinero que habían acumulado en preferentes, una cifra que ascendía a los 60.000 euros.
El subdirector aseguró a ambos que podrían recuperar el dinero y permitió que los denunciantes prosiguieran con los trámites de compra y con la obtención de un préstamo hipotecario. La jueza recuerda en el auto que el acusado "sigue insistiendo, pese a ser consciente de los graves problemas que se estaban originando a nivel nacional para proceder la venta de participaciones, en la liquidez de las mismas". En diciembre de 2010, Ojeda y Molina solicitan la venta de sus participaciones en preferentes y es en ese momento cuando el responsable de la sucursal reconoce "que la venta estaba bloqueada".
En el auto de la jueza se tiene en cuenta que las participaciones preferentes se les ofertaron "de forma deliberada" y "en base a una relación de confianza con la entidad y con el imputado sin que se evaluara la conveniencia de dicho producto", asegura Ojeda a Público.
"Es un paso más y muy importante", asegura el denunciante. "No podemos olvidar que tenemos enfrente a una de las entidades financieras más poderosas de nuestro país que no va a regatear esfuerzos a la hora de hacernos desistir en la defensa de nuestros derechos". Ojeda señala que el proceso "puede ser largo" pero no por ello van a dejar de luchar para que se haga "justicia" y puedan recuperar sus "ahorros". "No vamos a rendirnos ahora", subraya.

Más cerca del juicio oral

El afectado asegura que la entidad financiera "no va a regatear esfuerzos" para que desistanActualmente, se encuentra en la fase del procedimiento abreviado, "el paso posterior a la instrucción y previo a la apertura del juicio oral", explica Ojeda. Este nuevo auto de la jueza todavía puede ser recurrido por las partes ante la Audiencia Provincial, pero un posible recurso no impediría que siguiera el curso habitual del proceso. A continuación, comenzaría la formulación de los escritos de calificación del Fiscal, de la acusación particular y de la defensa, y, tras ellos, la apertura de juicio oral.
Ángel Ojeda recuerda que "no son los únicos que han puesto una denuncia penal por las preferentes" y asegura que los casos son "más numerosos de los que se piensa". Señala que en Villanueva de Córdoba se han colocado estos productos a "personas con discapacidad mental, analfabetas, ancianos con diferentes grados de dependencia" e incluso "menores de edad". "No son una excepción", subraya Ojeda.

domingo, 11 de noviembre de 2012

PREFERENTES BANKIA: DESAHUCIO, AL INDUCTOR DE SUICIDIO, CARCEL.


Para las personas que necesiten algún tipo de irreflexión, al margen de quienes manipulan nuestras conciencias desde los  medios de información, llamados de comunicación, les ofrezco un corto texto que explica a las mil maravillas, las culpas de quienes las tienen.

Nuestro propio Código Penal tiene prevista dura pena para los inductores al suicidio. Aunque en este país no se informe de ello. Aquí debía ocurrir lo mismo que con la prostitución, que a quien mayor pena se le impone es al proxeneta. También quien lo consiente, contrae culpa punible.

Os ruego prestéis atención a la corta lectura.

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                                                       La legislación española, lo contempla:


Inducción al suicidio (art. 143.1 del Código Penal):
«El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años».
Inducir al suicidio equivale a determinar a otra persona a que se suicide. Supone por consiguiente, que el suicida no hubiera tomado la fatal resolución de darse muerte si no hubiera mediado la conducta del inductor.     .....

jueves, 30 de agosto de 2012

PREFERENTES BANKIA: DIFERENCIACIÓN ENTRE CIVIL Y PENAL

Os dejo la noticia del Juzgado, para que leáis DETENIDAMENTE y sopeséis lo que dice. Aclara bastante sobre "civil" y "penal".
Que os sea de utilidad
 
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Economía

Un juzgado de Castellón archiva una denuncia por estafa contra Bancaja (Bankia) por la venta de preferentes

Recursos de Bankia
Foto: EUROPA PRESS
MADRID, 29 Ago. (EUROPA PRESS) -
   El Juzgado de Instrucción número 4 de Castellón ha archivado de forma provisional una denuncia por estafa y falsedad documental contra Bancaja, una de las siete cajas de ahorros integrada en Bankia, por la venta de participaciones preferentes.
   La juez Raquel Alcácer ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa abierta por la denuncia de un cliente de la entidad por considerar que no está acreditada la perpetración del hecho punitivo que la motivó, según el auto al que tuvo acceso Europa Press.
   Un cliente contrató participaciones preferentes por importe de 1.200 euros y alega en su denuncia que ignoraba los productos que había contratado, creyendo que era un plazo fijo y que se sintió engañado.
   El auto recoge que "cuando se ofrecieron las participaciones preferentes al cliente se trataba de un producto de rentabilidad variable, vinculado al Euríbor, que se vendía desde hacía tiempo y tenía mucha demanda al dar altos rendimientos, incluso había lista de espera".
   "No consta engaño al ofrecer este producto que pueda ser constitutivo de infracción penal, sin perjuicio de acudir a la jurisdicción civil o mercantil para reclamar", dice el texto.
   "De acuerdo con los principios de legalidad, tipicidad e intervención mínima que rige en derecho penal, los hechos investigados no son constitutivos de infracción penal al no concurrir los elemento típicos que exige el tipo penal imputado", argumenta.