viernes, 20 de junio de 2014

PREFERENTES BANKIA: UN PERIÓDICO DE PROVINCIAS 3.-

Las ayudas se conceden por dependencia. La dependencia la conceden cuando las condiciones físicas y cognitivas a base de degenerar se pierden. Vayan donde vayan son dependientes mientras vivan. ¿Quien es el mal nacido que abandona a un dependiente, por ideología política y por falta de corazón?. Y este periódico no se escandaliza.
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Viernes, 20 de junio de 2014

Los mayores dependientes que dejen una residencia perderán las ayudas


dl | valladolid 20/06/2014
Un acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales de enero de 2010 ya fijó que no se admitía en el programa individual de atención de cada dependiente que una vez atendido en un servicio se dejará éste para percibir la ayuda por cuidados familiares, recordó ayer la Consejería de Familia.
La Consejería se refirió ayer do al citado acuerdo en respuesta al comunicado que ayer remitió el portavoz en Familia del PSOE, Jorge Félix Alonso, quien sostuvo que la consejera, Milagros Marcos, «debería reconocer que está aplicando una política equivocada que perjudica a las personas en situación de dependencia y a los centros residenciales».
El procurador socialista incidió en que la Consejería hace una «interpretación interesada de la Ley de Dependencia cuando amenaza a las personas dependientes con quedarse sin las ayudas a la dependencia si dejan los centros residenciales». En esta línea, sostuvo que «si una persona es reconocida como dependiente no deja de ser dependiente porque decida salir de una residencia». «Tendrá que realizar los trámites correspondientes para que se le conceda otra prestación puesto que sigue siendo dependiente, pero en ningún caso se quedará sin prestaciones», añadió Alonso.
Fuentes de la Consejería explicaron a Efe que en el citado Consejo Territorial, en la segunda legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero, se fijaron excepciones a esa imposibilidad de cambiar prestaciones como cuando un dependiente no se adapte a un servicio, por ejemplo una residencia; o haya cambios en sus condiciones personales o del entorno que aconsejen modificar la prestación. Estas excepciones, no obstante, deberán ser justificadas y refrendadas por profesionales. En la ley de 2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en el artículo 14 se regulaban las prestaciones de atención a la dependencia.

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