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UNA CONDENA INTIMIDATORIA
16 de junio de 2014 a la(s) 21:42
El fiscal que acusaba a Carmen y Carlos EXIGIÓ una condena “ejemplarizante”, “[…como una cuestión intimidatoria para los que se extralimiten en el ejercicio del derecho a la huelga…]”.
No se trataba pues de hacer justicia, sino de DAR UNA LECCIÓN CONTRA LA PROTESTA SOCIAL. El juez Manuel Piñar fue sensible a este insólito requerimiento y TRIPLICÓ la petición del fiscal por unos hechos que NO ESTÁ PROBADO que cometieran directamente los acusados, únicos identificados -al azar- de entre un grupo de unas cuarenta personas. Sin embargo, en la vista oral fueron acusados de promover las amenazas, pintadas y destrozos en un bar que el piquete pretendía obligar a cerrar. Así consta en los hechos probados de la sentencia, por lo que JUDICIALMENTE es lo que ocurrió.
Recientemente el mismo juez absolvió a un conductor que dio positivo en un control de alcoholemia –hecho este sí absolutamente demostrado- considerando que había recibido un “trato discriminatorio” pues mientras el conducto bebido se ve "acosado y sometido a una inquina persecutoria" por la policía mediante "obsesivos" controles de alcoholemia, aquel que ha consumido otra sustancia estupefaciente "ni tan siquiera es molestado".
Un juez absuelve a un conductor bebido por considerar ilegales los controles.El magistrado entiende que el test de alcoholemia vulnera el principio de igualdad
Por el contrario no parece considerar el juez que en el caso de Carmen y Carlos haya trato discriminatorio frente a la corrupción de quienes roban millones de euros, encarecen la obra pública y hacen quebrar los bancos causando tanto daño a la sociedad y el ingente sufrimiento y desesperación de quienes, por su proceder, han perdido casas y trabajos. Que se jodan, vamos.
¿Sería lícito suponer que nuestro sistema judicial –que no de justicia- tenga como actual prioridad mantener el sistema de privilegios y desigualdad social del que los magistrados también se benefician? Porque aún me acuerdo de Dívar, pagándose con nuestro dinero lujosas veladas con su amante, y al coro de la alta judicatura defendiéndole porque no tenía obligación de justificar los gastos; como si esa licencia eximiese del DELITO DE MALVERSACIÓN consistente en utilizar para fines privados el dinero destinado a la representación en el ejercicio de su cargo. Pretendían hasta “indemnizarle” como si no hubiésemos sido nosotros, los contribuyentes, los perjudicados. Y es que aquello descubrió que, en la alta judicatura, ese era un proceder generalizado con el que hasta viajes a la Patagonia se pagaron.
Pero ahí está, la condena ejemplarizante de Carmen y Carlos: los de abajo deben mantenerse sometidos y agachados.
“Respetar la justicia” es, a mi parecer, lo que no hace la judicatura. Y respetar la justicia es, también a mi parecer, denunciarlo. ¿Indulto? En un sistema que no estuviese podrido, no sería necesario…
Una sentencia ejemplarizante (El País, 14 de junio de 2014)“[…el Gobierno prepara fuertes sanciones para castigar la movilización popular, para frenar las huelgas, para obstaculizar los derechos de una Constitución que tanto incumplen…]
Porque en nuestro país la justicia es subjetiva, y Carmen y Carlos tuvieron la mala suerte de dar con tipo especial de magistrado. Espero que un par de muestras sean suficientes, que estoy un poco fatigado…
Un juez acusa a la Fiscalía de actuar como Hitler y Stalin (Público, octubre de 2011).En una sentencia condenatoria a una mujer por falsa denuncia y presentar testigos falsos, y para quién la Fiscalía General del Estado pedía la absolución, el juez de lo Penal número 1 de Granada, Manuel Piñar, argumentaba: “Con este excesivo celo ideológico de proteger a la mujer, está llevando a quitar la dignidad a determinados varones que son denunciados y sometidos a tediosos y rigurosos procedimientos, que con frecuencia comprenden detención y escarnio público, lo que no hace sino alimentar la violencia, dar un paso atrás en la igualdad ante la ley y en última instancia en el Estado de Derecho”. Para a continuación añadir lo siguiente: “Posicionamiento [el de la Fiscalía] que puede ser preludio sin duda de ese principio de oportunidad que determinadas legislaciones de tipo autoritario atribuían a los fiscales (…) y practicaban con asiduidad los fiscales al servicio de Hitler o Stalin…]”. Toma ya. Estalinista el fiscal, nazi… por pedir la absolución de la falsa denunciante. Y no debemos creer, mucho menos afirmar, que el magistrado carece de un adecuado sentido de la proporcionalidad, porque quizás en base a eso nos acusarían de terroristas.
Y es que ya apuntaba maneras en el pasado…
Críticas a la sentencia que considera "atractiva" la cicatriz de una joven (El País, enero 1999)El juez rebajó la indemnización a una accidentada “[…porque su cicatriz sólo se ve en situaciones íntimas y cuando la mujer viste traje de baño". La resolución cataloga como "leve" el perjuicio estético para la afectada y razona que "la secuela podría ser un elemento de atracción física".El razonamiento jurídico de Píñar concluye: "Viendo la belleza y el atractivo de la persona, cuestión tan subjetiva, la ligera curvatura y redondez que adquiere el muslo derecho en su parte superior [debido a la cicatriz] pudiera, para algunas personas, llegar a constituir un elemento de atracción". E insiste en que sobre gustos no hay nada escrito: "Tampoco cabe una afirmación categórica que lleve a calificarla de malformación, pues también, para determinados cánones de belleza, la curvatura femenina es elogiosa"...]”. Nivelazo, no?
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