¿Exhibir banderas republicanas
es legal?
Exhibir banderas republicanas está amparado por los artículos
de la Constitución que consagran la libertad ideológica y la libertad de
expresión, según una sentencia de la Sección Novena de la Sala de Lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La sentencia, fechada el 15 de diciembre de 2003 y notificada
el 14 de enero de 2004 a las partes, da la razón a IU, que denunció una
resolución del Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid), gobernado por el PP, que
ordenó retirar la enseña tricolor de un chiringuito montado por la coalición de
izquierdas durante las fiestas patronales de julio de 2002.
El tribunal estima que la citada resolución municipal "es
contraria al ordenamiento jurídico, en cuanto vulnera los derechos fundamentales
previstos en los artículos 16.1 y 20.1,a de la Constitución
Española".
Según la sentencia, el Ayuntamiento ordenó quitar la bandera
republicana porque, "atendiendo a la cantidad de personas que acuden al recinto
ferial del Parque de Pradogrande durante la celebración de las fiestas, así como
al consumo habitual de bebidas alcohólicas que tiene lugar en dicho recinto, la
posibilidad de símbolos políticos puede generar eventualmente alguna situación
de riesgo y de alteración del orden público que aconsejan la retirada de la
bandera tricolor conocida como republicana del chiringuito que fue adjudicado a
IU".
Tras explicar que la coalición es una "formación política
legalmente constituida y que respeta los valores democráticos, si bien es un
movimiento social que propugna desde los mencionados valores democráticos la
consecución de un estado de derecho federal y republicano", la sentencia señala
que la citada prohibición de la bandera republicana dictada por el Ayuntamiento
de Torrellodones "vulnera el derecho de IU a expresar y difundir libremente sus
pensamientos, ideas y opiniones, derecho reconocido de la Constitución, más aún
cuando dicha expresión se realizaba de forma pacífica y
respetuosa".
El citado tribunal afirma que las razones del Consistorio
para retirar la bandera tricolor "restringen gravemente el ejercicio de los
derechos fundamentales", ya que "la simple manifestación y exhibición de una
bandera republicana no puede entenderse que altere gravemente el orden público,
que sí podría verse alterado, en cambio, por el consumo habitual y en grandes
cantidades de bebidas alcohólicas en las fiestas".
En varias ocasiones nos preguntan si la bandera republicana
que tantas veces exhibimos es legal. Entendemos que haya quien piense que no,
por cuanto que la bandera oficial del Estado español es la bicolor roja y
amarilla (o gualda, como dicen los/as cursis y no la Constitución en su art.
4.1), mientras que la tricolor fue bandera oficial también del Estado español
durante la II República (art. 1 de la Constitución Española de 1931), y más por
el hecho de que la bandera franquista con el águila (que simboliza al apóstol
San Juan) y que los/as demócratas conocemos más comúnmente como "la del pollo" o
"la gallina" sí que es ilegal, como también son ilegales las esvásticas y otros
símbolos fascistas.
La bandera republicana, o más exactamente
segundorrepublicana, sí que es legal. Es la bandera que representa al
republicanismo, y que fue oficial además de legal durante la II República. La
Constitución de 1978, además de instituir una monarquía parlamentaria (art. 1.3
CE) también garantiza la libertad ideológica (art. 16.1 CE) y la de los partidos
(art. 6 CE), y por tanto garantiza el derecho a ser republicano/a, a expresarlo
(art. 20.1.a) y a militar en partidos republicanos.
Cierto es que la bandera republicana ya no es la bandera
oficial del Estado español, y por tanto no debe usarse en actos oficiales del
Estado o sus instituciones como si lo fuera, pero esto no significa que la
bandera republicana no pueda usarse en otros contextos, por ejemplo en una
caseta de feria, en el balcón de una casa o paseándola por la
calle.
Por el contrario, la simbología fascista, tanto en banderas u
otras formas, sí que es ilegal. Y lo es porque no les protegen los artículos y
leyes referentes a la libertad ideológica o de expresión, sino todo lo
contrario. Según un formalismo tan puro como absurdo, igual que es legal la
ideología, expresión y militancia republicana debería serlo también la fascista.
Pero esto no es así por una razón material, es decir, de contenidos: los fines
republicanos y sus medios no tienen nada que ver con los
fascistas.
Mientras que el republicanismo aspira a la democracia, la
libertad y la paz, el fascismo es la negación absoluta de estos conceptos
(cualquier estudiante de la ESO con lo que sabe de Historia puede ratificarlo, y
por supuesto cualquier catedrático de Historia). La experiencia histórica del
nazismo en Alemania, Mussolini en Italia o Franco en nuestro país es prueba de
que el fascismo, en sus diferentes manifestaciones, y según grados, significa
anulación del pluralismo político y la democracia, represión política de los
demás partidos e ideologías, uso sistemático de la violencia, exclusión
sociopolítica (y eliminación física incluso) por motivos de raza, etnia,
ideológicos o de capacidad física o psíquica, y uso de la guerra como
instrumento de política exterior.
Dado que la Constitución de 1978 establece "como valores
superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y
el pluralismo político" (art. 1.1 CE) cualquier forma de fascismo es
inconstitucional e ilegal precisamente por ir en contra del primero de los
artículos de la propia Constitución. Y los constituyentes de 1978, y los
diferentes parlamentos que desde entonces se han sucedido, no han sido ni son
tan tontos como para dejarse engañar por un formalismo que, pretendiendo
ampararse en la libertad ideológica y de expresión, incitase y se organizase
precisamente para acabar con esas libertades y derechos y de paso con la propia
Constitución y sus valores.
Cualquier persona mínimamente formada sabe que ningún derecho
es absoluto, sino que todo derecho ha de entenderse en su necesaria correlación
con los demás derechos y el contexto social en que se ejercita. De este modo, el
derecho a la libertad de expresión, por ejemplo, está limitado por el derecho a
la seguridad, al honor, a la vida y a la integridad física, derechos que son
reiteradamente violados por el fascismo cuando enarbola banderas referentes a
contenidos racistas, xenófobos, homófobos o que exaltan periodos de la historia
en los que se asesinaba a personas por sus ideas políticas.
Nada de lo anterior ocurre sin embargo con el republicanismo
y su bandera. La bandera republicana nos recuerda a la II República, cuya
Constitución, la de 1931, garantizaba todos los derechos y libertades
fundamentales en su Título III e incluso superaba en progresismo a la actual
Constitución en alguno de sus puntos, como por ejemplo, en el art. 6, en el que
cual decía la Constitución republicana: "España renuncia a la guerra como
instrumento de política nacional".
Por tanto, ni esta bandera ni su ideología política pueden
incitar a la violencia ni a desestabilizar el país, pues ningún ciudadano o
ciudadana mentalmente sano se siente amenazado o amenazada al ver una bandera
republicana en el mismo sentido en el que una persona inmigrante, o de raza
no-blanca, u homosexual o demócrata sí que se siente al ver una bandera con la
esvástica o la del pollo.
Por tanto, la bandera republicana es legal y no es
inconstitucional pese a no ser la bandera oficial del Estado (no podría ser
legal e inconstitucional a la vez), precisamente porque, como dice la sentencia
del TSJM, los únicos motivos para prohibir la exhibición de una bandera son que
incite a la violencia, el racismo, la xenofobia u otras formas de atentar contra
la dignidad humana, que es lo que hacen las banderas y símbolos fascistas y es
precisamente todo lo contrario de lo que significa nuestra apreciada bandera
tricolor. La confusión tiene lugar cuando se confunde lo oficial con lo civil:
la bandera republicana no se puede utilizar en un acto oficial en lugar de la
bandera bicolor, pero tampoco puede usarse en su lugar la bandera del Real
Madrid o una de Harley-Davidson, pero en el ámbito civil, en una caseta de
feria, en una sede de un partido, en un bar o en el balcón de una casa, las
banderas republicanas, las del Real Madrid o las de Harley-Davidson son
perfectamente legales porque respetan los Derechos Humanos, lo que no hacen las
banderas fascistas, y por eso están prohibidas.
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