La noticia de ayer, me parece lo mejor que nos ha ocurrido desde que hace mas de un año, comenzamos la lucha, maldita de la MALDITA BANKIA con sus MALDITOS BANKIARIOS.
¿No hemos soñado todos, con esta frase:
¡¡El Supremo sienta jurisprudencia!!...?.
Éste hostión le conocía Botin, por eso abandonó...
Es tan grande como el que ellos nos dieron al quitarnos nuestros ahorros de nuestras libretas.
Ya hace tiempo, que sentí la sensación de que comenzábamos a convertirles en víctimas...
Supongo que desde los tribunales les obligarán a meterse la prepotencia y la mala conciencia por don les quepa...
Lectores, amigos, colegas, afectados todos, el mes junio nos ha recibido con sus brazos abiertos...
¡Quien había de decirnos que, a pesar de los fiscales, la justicia se impondría...
Sufridores, pasad el día lo mejor posible. Aunque no podamos parar en nuestra lucha, la breva continúa madurando. Es el tiempo de ellas...
------------------------------------------El Supremo sienta jurisprudencia sobre las preferentes tras fallar a favor de un cliente
tribunales
El Supremo sienta jurisprudencia sobre las preferentes tras fallar a favor de un cliente
El alto tribunal sostiene que las entidades
deben facilitar una información "completa", "clara" y "precisa" sobre sus
riesgos con un "plus de buena fe"
01.06.13 - 12:57 -
Una información "completa", "clara" y "precisa", amén de un "plus de
buena fe y diligencia a observar". Son los requisitos que, según el Pleno de la
Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, debe cumplir cualquier entidad que emita
preferentes (ya sea un banco, una caja de ahorros u una empresa en general) para
no tener que responder en el futuro por pérdidas eventuales respecto a su valor
nominal. Así lo sostiene en una sentencia conocida este viernes, donde condena
al BBVA a indemnizar con 291.000 euros, más intereses, a un matrimonio de
Valencia que contrató con el banco participaciones de la firma de inversión
estadounidense Lehman Brothers, que terminó quebrando en septiembre de 2008.
Los magistrados advierten de que cualquier sociedad que venda
preferentes, en la medida que son productos "complejos y de alto riesgo", debe
explicar "activamente" a los posibles compradores si realmente resultan
coherentes con su perfil, con arreglo a su experiencia inversora, objetivos de
inversión, capacidad financiera y preferencias. Su información habrá de ser
"transparente y de fácil comprensión, haciendo hincapié en los riesgos que cada
operación conlleva" y, de manera "muy especial", cuando se trate de activos
expuestos a tantas eventualidades e incluso pérdidas como las referidas
preferentes.
El objetivo final, afirman los miembros de la Sala de lo Civil, ha de
ser que el cliente conozca "con precisión" los efectos de la operación que
suscribe, para lo cual tanto la entidad en general como sus profesionales en
particular deben "asegurarse" de que los posibles riesgos de la misma "han sido
entendidos", sin que quepan "vaguedades" ni "fórmulas predispuestas" en la
información que se le facilite, ni tampoco una "mera disponibilidad" de
responder a las preguntas que aquel pueda hacer. Su "obligación" en este caso ha
de ser "activa", destacan en su fallo, teniendo que "observar criterios de
conducta basados en la imparcialidad, la buena fe, la diligencia, el orden, la
prudencia y, en definitiva, cuidar de los intereses de los clientes como si
fuesen propios".
No basta con algún conocimiento
En el caso concreto que han analizado, los magistrados sostienen que
no basta con que la entidad remitiera varios correos electrónicos a los
demandantes antes de suscribir el contrato ni tampoco con el hecho de que uno de
ellos sea un empresario, o incluso que fueran asesorados por un experto en
contabilidad y cuestiones laborales, pues nada de todo ello "presupone
conocimientos avanzados sobre los riesgos específicos de productos financieros y
valores negociables complejos". Por su parte, fuentes jurídicas próximas al BBVA
señalaron que la instancia anterior (Audiencia Provincial de Valencia) había
dado la razón al banco y que, además, en otros pleitos sobre preferentes
resueltos por distintos juzgados las sentencias le han sido favorables
De otro lado, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de A Coruña ha
condenado a NCG Banco (Novacaixagalicia) a indemnizar con 549.000 euros más
intereses a un cliente suyo que había adquirido preferentes, en lo que supone la
mayor pena económica impuesta hasta la fecha en este tipo de casos. La sentencia
declara la nulidad del contrato suscrito entre ambas partes por falta de
información suficiente y, además, por firmarse abusando de la relación de
confianza con el demandante a quien, por ejemplo, no se le realizó test alguno
de idoneidad o conveniencia para comprobar si su perfil se ajustaba al riesgo
que contraía.
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