BANCA PREFERENTES
Novagalicia condenada a devolver 24.600 euros de participaciones preferentes y los intereses
EFE Economía
A Coruña
30 DIC 2013 - 23:15 CET
El Juzgado de Primera Instancia de refuerzo de A Coruña ha condenado a
Novagalicia Banco a devolver a una pareja 24.600 euros de
participaciones preferentes y también los intereses generados, que hasta
ahora se descontaban de las restituciones.
Los múltiples casos de afectados por las participaciones preferentes pueden dar un giro radical con la segunda sentencia del juzgado de refuerzo de la capital herculina.
Lo habitual hasta el momento era que un juez estimase si los compradores de este producto estaban informados de sus condiciones y conocían sus riesgos o, por el contrario, los habían adquirido por recomendaciones sesgadas, en algunos casos del personal de la entidad.
A partir de ahí, si se consideraba que habían sido engañados y su única finalidad era la de ahorrar -que no invertir-, se les devolvía el dinero de la inversión, pero se descontaba de ahí los intereses generados, que llegaron a ser de un siete por ciento anuales durante algún tiempo.
De esta manera, los afectados se quedaban con la cantidad exacta que habían utilizado para comprar preferentes, pero ahora una sentencia obliga a NBG Banco a devolver esta cantidad, pero no le permite recuperar el dinero que repartió en su momento en intereses.
Una pareja de preferentistas recibirá la suma de 5.516,19 euros hasta restituir la inversión realizada, que ascendía a 24.600 ?, del banco recientemente subastado y adquirido por el venezolano Banesco.
El fallo del juzgado es claro, pues estima "íntegramente la demanda presentada, condenando a la demandada a abonar a los actores la suma de 5.516,19 euros, con aplicación de los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda; todo ello, con imposición de costas a la parte demandada".
Esta cantidad es la cifra resultante del importe satisfecho por las órdenes de suscripción menos el importe percibido del Fondo de Garantía de Depósitos por la venta de las acciones, por lo que de esta manera se restituyen los importes satisfechos por la suscripción que ascienden a 24.600 euros.
La sentencia estima la solicitud de daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones legales, a diferencia de la mayoría de sentencia dictadas hasta la fecha en las que se suele declarar la nulidad de las órdenes de compra.
Según el abogado Jaime Concheiro, socio del bufete que llevó este caso, "esta sentencia es la segunda dictada por el juzgado de refuerzo de A Coruña, instaurado para dar agilidad a los centenares de demandas de preferentistas".
"Hay que valorar este fallo ya que, en la demanda se hacían dos peticiones. La primera, una indemnización por incumplimiento de obligaciones legales por parte de la entidad que ascendía a la perdida tras el canje, sin devolución de intereses", ha apuntado.
"Y, subsidiariamente -añadió-, para el caso de que no se estimase dicha indemnización, la nulidad de la orden de compra con restitución de intereses percibidos por el demandante, la sentencia, sentando unos importantes fundamentos para otras sentencias, acoge la solicitud de indemnización sin restitución de intereses", ha concluido.
Los múltiples casos de afectados por las participaciones preferentes pueden dar un giro radical con la segunda sentencia del juzgado de refuerzo de la capital herculina.
Lo habitual hasta el momento era que un juez estimase si los compradores de este producto estaban informados de sus condiciones y conocían sus riesgos o, por el contrario, los habían adquirido por recomendaciones sesgadas, en algunos casos del personal de la entidad.
A partir de ahí, si se consideraba que habían sido engañados y su única finalidad era la de ahorrar -que no invertir-, se les devolvía el dinero de la inversión, pero se descontaba de ahí los intereses generados, que llegaron a ser de un siete por ciento anuales durante algún tiempo.
De esta manera, los afectados se quedaban con la cantidad exacta que habían utilizado para comprar preferentes, pero ahora una sentencia obliga a NBG Banco a devolver esta cantidad, pero no le permite recuperar el dinero que repartió en su momento en intereses.
Una pareja de preferentistas recibirá la suma de 5.516,19 euros hasta restituir la inversión realizada, que ascendía a 24.600 ?, del banco recientemente subastado y adquirido por el venezolano Banesco.
El fallo del juzgado es claro, pues estima "íntegramente la demanda presentada, condenando a la demandada a abonar a los actores la suma de 5.516,19 euros, con aplicación de los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda; todo ello, con imposición de costas a la parte demandada".
Esta cantidad es la cifra resultante del importe satisfecho por las órdenes de suscripción menos el importe percibido del Fondo de Garantía de Depósitos por la venta de las acciones, por lo que de esta manera se restituyen los importes satisfechos por la suscripción que ascienden a 24.600 euros.
La sentencia estima la solicitud de daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones legales, a diferencia de la mayoría de sentencia dictadas hasta la fecha en las que se suele declarar la nulidad de las órdenes de compra.
Según el abogado Jaime Concheiro, socio del bufete que llevó este caso, "esta sentencia es la segunda dictada por el juzgado de refuerzo de A Coruña, instaurado para dar agilidad a los centenares de demandas de preferentistas".
"Hay que valorar este fallo ya que, en la demanda se hacían dos peticiones. La primera, una indemnización por incumplimiento de obligaciones legales por parte de la entidad que ascendía a la perdida tras el canje, sin devolución de intereses", ha apuntado.
"Y, subsidiariamente -añadió-, para el caso de que no se estimase dicha indemnización, la nulidad de la orden de compra con restitución de intereses percibidos por el demandante, la sentencia, sentando unos importantes fundamentos para otras sentencias, acoge la solicitud de indemnización sin restitución de intereses", ha concluido.
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