miércoles, 15 de octubre de 2014

PREFERENTES BANKIA: ¡OTRO SOPAPO EN LOS MORROS A BANKIA!

Otro sopapo en los morros a Bankia, éste de 240.000€. Ellos siguen en el mismo papel de trileros y facinerosos..., ¿Será por el "buen nombre" de la puta Bankia?. Lo que hace la nacionalizada Bankia, ya lo sabemos, pero...¿Que hacen los nacionalizadores?.

¡¡¡¡Vaya panda de sinvergüenzas!!!!

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Heraldo.es

Bankia, condenada a devolver 240.000 euros a dos octogenarios de Calanda que compraron preferentes
M. Tragacete. Zaragoza|Actualizada 15/10/2014 a las 16:06  


                      Este proceso forma parte del cumplimiento del Plan Estratégico 2012-2015
                                                          Sede de Bankia en Madrid. Efe



Un juez ha condenado a Bankia a devolver 240.000 euros a un matrimonio de octogenarios de Calanda (Teruel) al que había vendido participaciones preferentes y obligaciones subordinadas en una oficina que la entidad tenía en Alcañiz. 

El juicio ha tenido lugar en Gandesa (Tarragona) porque la oficina de Alcañiz en la que se firmó este la compra de preferentes acabó echando al cierre y los clientes de la oficina pasaron a depender de otra sucursal de Mora de Ebro, que a día de hoy también ha cerrado sus puertas. 

El juez que ha dictado sentencia considera que el contrato entre el matrimonio aragonés y Bankia por el que se suscriben estos productos financieros de alto riesgo no puede ser considerado válido, ya que a los contratantes "no se les informó correctamente de la inversión que iban a realizar ni tampoco se les concedió un tiempo suficiente de reflexión" antes de firmar el contrato.

Tampoco, explica el juez en su sentencia, consta prueba alguna que acredite "el correcto asesoramiento [del trabajador de la entidad que les vendió las preferentes] más allá de que se entregase documentación de difícil comprensión".

Según establece el Código Civil, para que un contrato sea válido se han de dar tres requisitos: el consentimiento de los contratantes, que conste el objeto "cierto" que sea materia del contrato y la causa de la obligación que se establezca entre los firmantes.

En este caso se estima que hubo un error en el consentimiento del matrimonio porque desconocían lo que estaban contratando. Algo que, según el juez, ni siquiera podía haberse evitado "con una mayor diligencia" del matrimonio aragonés, dado que no recibieron la información suficiente y carecían de conocimientos financieros. 

El juzgado ha estimado todas las peticiones de la defensa y además de condenar a Bankia a devolver el dinero invertido en las preferentes, la obliga a abonar los intereses legales generados a favor del matrimonio y las costas del proceso judicial.

Bankia había solicitado que se desestimara íntegramente la demanda porque, alegaban, la entidad había actuado "como mera intermediaria y comercializadora", el matrimonio de octogenarios "conocía la naturaleza del producto y los riesgos inherentes a su inversión" y Bankia había cumplido "con todas sus obligaciones". 

Para tumbar estas alegaciones el juez llega a citar sentencias anteriores contra preferentes y subordinadas de hasta cuatro audiencias provinciales españolas

Los ahorros de toda la vida
El abogado del matrimonio, Germán Gorgees, ha explicado que sus clientes invirtieron en las preferentes "los ahorros de toda una vida trabajando y el dinero que habían obtenido de la venta de una finca". Incluso, explica el letrado, sacaron dinero de cuentas corrientes que tenían en otras entidades para llevarlo hasta Bankia.

Contra esta sentencia, fechada el pasado 10 de octubre, cabe recurso de la entidad financiera condenada. Por el momento no se ha presentado ningún recurso pero la entidad aún tiene días para recurrir. 

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