Veamos una cuestión, sobre lo que hacen y sobre lo que no quieren hacer, ésas autoridades: Si son capaces de diligenciar a toda velocidad el sacrificio de un perrito, sospechoso de ser portador de algún "bichito". Si son capaces de esperar a que un africano intente cruzar una valla para devolverle a Africa. Si son capaces de "cargarnos" a los sufridos contribuyentes, el hundimiento mercantil de las autopistas de sus amigos. Y por no hacer larga la lista, aunque se puede hacer larguísima, si son capaces de no hundir una entidad bancaria y sí de hundir al pueblo español (Mas de 22.000M€, para rescatar Bankia), es que o son unos sinvergüenzas, o ladrones y criminales. Porque, ¿Quien es mas delincuente, el que lanza emisiones de preferentes y subordinadas por mas de 3.000M€, o el que lo permite y decreta favoreciéndolas?. O si se prefiere, otra preguntita...¿Quien es mas delincuente, los Pujol y Fabra, o quienes les permiten estar libres?. Mientras este estado de impunidad y permisividad no se corte, iremos de mal en peor.
La mayoría absoluta parlamentaria PPera no debe dedicarse a gastar el tiempo en leyes mordazas y --amedrentadoras contra los demócratas reivindicadores-- y a salir pregonando en los medios. Debe dedicarse a dictar leyes de persecución del delito y a los delincuentes.
El tema preferentil, clama al cielo, causa graves heridas a los estafados, matando a varios de ellos. Las sentencias que están dictando los jueces, exige variar el comportamiento a nuestras autoridades, para no consentir mas atropellos, por consentir los desmanes y por connivencia.
Rato, Blesa, los Pujol, Fabra, y tanto chulo cabrón, deben ingresar en prisión. Mientras no se haga así, el pueblo español continuará encabronándose mas cada día.
Las emisiónes de todos los títulos fraudulentos, de Bankia y las demás, deben ser anuladas, todas las cantidades del engaño, devueltas a sus legítimos dueños y los apropiadores indebidos encarcelados. Si un ladrón se lleva 100€ de un banco le encarcelan con toda seguridad..., ¿Por que se permite que los ladrones afines o miembros del PP, roben en sus bancos a espuertas y no entren en la trena?.
Bankiarios, meteros en la cabeza, que, si fuimos capaces de ahorrar, seremos capaces de defender nuestros. ahorros.
¡¡NO OS QUEPA LA MÍNIMA DUDA!!
¡¡ FUERA CORRUPCIÓN, FUERA IMPUNIDAD Y FUERA LOS BANQUEROS
Y POLÍTICOS DE MIERDA !!.
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La comercialización de las preferentes de Caja Madrid fue “maliciosa”
Nuevo varapalo de la Audiencia Provincial de
Cantabria a la comercialización de las preferentes de Caja Madrid (hoy
Bankia) En una reciente sentencia de la sección 4ª censura que “se
incitara a contratar como si fuera un depósito”.
Jueves, 23 de Octubre de 2014 - 12:08 h.
La sentencia – que confirma una primera
instancia del juzgado de instrucción nº1 de Laredo- critica que “se
incitara a contratar a quien por sus condiciones y medios no puede
razonablemente hacerse una idea cabal del contrato y de los riesgos”.
Así que concluye que el sistema de comercialización de las preferentes
por parte de la entidad “entraña malicia”.
“Parece claro que hubo una voluntad expresa de la entidad de salvar los ratios de solvencia exigidos a costa de los ahorradores; una deslealtad inaceptable”, denuncia Juan Ignacio navas, director de Navas & Cusí, defensa del caso.
La sentencia considera probado el director de la sucursal comercializó las preferentes como un “producto amortizable, con liquidez en 48 horas”. No se informó que se trataba de un producto de carácter perpetuo, cuya rentabilidad dependía de los beneficios de la entidad y con riesgo de perder incluso el capital invertido. En tal caso, nunca se habría contratado, concluye el fallo, que recuerda que la iniciativa de la contratación partió de un empleado de la entidad.
Así que la sentencia confirma que el error de la afectada fue “sustancial y excusable” y que por lo tanto el contrato fue nulo, condenando a Bankia a devolver el dinero invertido, abonar el interés legal del dinero y las costas del recurso de alzada. “Es un suma y sigue de reproches judiciales por la mala praxis bancaria no sólo con particulares sino también con entidades mercantiles”, señala Navas.
Además, frente a la objeción de Bankia de la claridad de la información, la Audiencia Provincial de Cantabria califica de “factor distorsionante” el hecho de “diluir la relevancia de la oferta comercial mediante la ubicación de las cláusulas con profusión de datos no siempre fáciles de entender para quien carece de conocimientos especializados”. Es el caso de la sentencia pues se trataba de una clienta sin estudios, ni experiencia en productos de riesgo.
“Lo llamativo es que mientras la entidad colocaba indiscriminadamente estos productos de riesgo entre sus clientes más vulnerables, sus directivos permanecieron ajenos a los problemas de la entidad echando alegre mano de las tarjetas opacas”, lamenta Navas
“Parece claro que hubo una voluntad expresa de la entidad de salvar los ratios de solvencia exigidos a costa de los ahorradores; una deslealtad inaceptable”, denuncia Juan Ignacio navas, director de Navas & Cusí, defensa del caso.
La sentencia considera probado el director de la sucursal comercializó las preferentes como un “producto amortizable, con liquidez en 48 horas”. No se informó que se trataba de un producto de carácter perpetuo, cuya rentabilidad dependía de los beneficios de la entidad y con riesgo de perder incluso el capital invertido. En tal caso, nunca se habría contratado, concluye el fallo, que recuerda que la iniciativa de la contratación partió de un empleado de la entidad.
Así que la sentencia confirma que el error de la afectada fue “sustancial y excusable” y que por lo tanto el contrato fue nulo, condenando a Bankia a devolver el dinero invertido, abonar el interés legal del dinero y las costas del recurso de alzada. “Es un suma y sigue de reproches judiciales por la mala praxis bancaria no sólo con particulares sino también con entidades mercantiles”, señala Navas.
Además, frente a la objeción de Bankia de la claridad de la información, la Audiencia Provincial de Cantabria califica de “factor distorsionante” el hecho de “diluir la relevancia de la oferta comercial mediante la ubicación de las cláusulas con profusión de datos no siempre fáciles de entender para quien carece de conocimientos especializados”. Es el caso de la sentencia pues se trataba de una clienta sin estudios, ni experiencia en productos de riesgo.
“Lo llamativo es que mientras la entidad colocaba indiscriminadamente estos productos de riesgo entre sus clientes más vulnerables, sus directivos permanecieron ajenos a los problemas de la entidad echando alegre mano de las tarjetas opacas”, lamenta Navas
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