viernes, 6 de julio de 2012

PREFERENTES BANKIA: ACTUACION JUDICIAL BARATA.

Atención colegas: Parece que se nos abre una puerta de esperanza, en cuanto a gastos, a los posibles reclamantes vía judicial.
Una asociación ; ASOCIACIÓN DE CLIENTES FINANCIEROS. (ACF), de Zaragoza. Nos ofrecen la oportunidad de formar grupo en Madrid, o desde Madrid. Están intentando hacer uso social para demanda colectiva a bajo coste o coste cero. Los textos de los escritos que elevan a las autoridades, me  parecen estupendos.
Esta noche continuaremos las conversaciones, os pasare toda la información para ponernos en marcha, si lo creéis conveniente.  Ruego vuestras opiniones para saber a que atenernos. Por favor opinemos todos para saber que debemos hacer.

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Buenas tardes: hemos visto el blog Estafa Preferentes Bankia 2009, y
nos parece muy acertado todo lo que exponen en el mismo.
Les enviamos este correo desde la Asociación de Clientes Financieros
asociación nacional, con sede social en Zaragoza, nuestra Asociación
es nueva tiene apenas 1 año, pero estamos trabajando a fondo el tema
de Bankia, les enviamos esta información por si es de su interés,
hemos demandado de oficio (antes los organismos que indicamos) y
estamos recibiendo correos de afectados por Bankia en diversas
provincias, que una vez analizados y coordinados, acabarán en la
presentación de una demanda en el ámbito penal y civil, por parte de
nuestra Asociación en representación de aquellos que quieran adherirse
a la misma, ya están nuestros abogados trabajándola hace semanas.

En cualquier caso si están interesados, bien en formar parte,
colaborar con nosotros en esta demanda, o bien en la investigación de
los hechos denunciados, por favor pónganse en contacto con nosotros y
así podemos intercambiar información y ver formas de coordinar
acciones judiciales, o de carácter reivindicativo en otros ámbitos, en
la prensa, redes sociales, etc.

Muchas gracias, reciban un cordial saludo  
 
 
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                            OS ADELANTO UN TEXTO QUE ME HAN ENVIADO
La Asociación de Clientes Financieros (ACF) y en su nombre y representación su Presidente José Ignacio Martín, nº de D.N.I......... por el presente escrito comparece y como mejor en Derecho proceda DICE:



PRIMERO.- ACTUACIÓN DE LOS GESTORES DE BANKIA Y EXISTENCIA DE PRESUNTAS INFRACCIONES DE LA LEGISLACIÓN SOBRE DISCIPLINA DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO, QUE DEBE MOTIVAR LA APERTURA DE UN EXPEDIENTE SANCIONADOR Y LA ADOPCIÓN DE TODAS LAS MEDIDAS PREVISTAS EN LA LEGISLACIÓN BANCARIA Y CREDITICIA.-

Como es público y notorio, la actuación presuntamente irregular, en los últimos años, por parte de los directivos de BANKIA y el BANCO FINANCIERO DE AHORRO (BFA) y anteriormente a la fusión y creación de Bankia, de Caja de Ahorros de Madrid, Bancaja y las demás cajas fusionadas, ha causado a todos los impositores de estas entidades, a los accionistas, a los trabajadores y a la sociedad española en general, un perjuicio económico y en otros ámbitos de proporciones gigantescas.

De acuerdo con todos los hechos que son bien conocidos en los últimos días (presentación de un balance y cuenta de resultados con unos beneficios iniciales de varias decenas de euros, y pérdidas reales en 2011 de más de 3.000 millones, y otros muchos hechos bien conocidos en los últimos días), consideramos que se han cometido, a nuestro juicio, por parte de las personas antes citadas (encabezadas por el Sr. RODRIGO RATO, anterior presidente de Bankia), al menos estas infracciones reguladas en la Ley 26/1988, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito (LDIEC, en adelante):

1.- Infracciones de carácter muy grave, relativas a la vulneración del deber de veracidad y de poner en marcha los mecanismos de control interno en estos casos, que no nos consta que se hayan activado de modo eficiente, y ni siquiera de ninguno de los modos:

Establece el artículo 4 de la LDIEC:

"Artículo 4.- Constituyen infracciones muy graves:

j. El incumplimiento del deber de veracidad informativa debida a sus socios, a los depositantes, prestamistas, y al público en general, así como el incumplimiento del deber de confidencialidad sobre los datos recibidos de la Central de Información de Riesgos, su uso para fines diferentes de los previstos en la Ley reguladora de la misma, o la solicitud de informes sobre personas titulares de riesgos fuera de los casos expresamente autorizados en dicha Ley. Todo ello siempre que, por el número de afectados o por la importancia de la información, tales incumplimientos puedan estimarse como especialmente relevantes"

n. Presentar la entidad de crédito, o el grupo consolidable o conglomerado financiero a que pertenezca, deficiencias en su estructura organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables, incluidos los relativos a la gestión y control de los riesgos, cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad o la del grupo consolidable o conglomerado financiero al que pertenezca.

2.- Se han cometido presuntamente las siguientes infracciones graves, relativas a los mismos extremos:

Artículo 5.- Constituyen infracciones graves:

n. El incumplimiento del deber de veracidad informativa debida a sus socios, a los depositantes, prestamistas, y al público en general, así como el incumplimiento del deber de confidencialidad sobre los datos recibidos de la Central de Información de Riesgos, su uso para fines diferentes de los previstos en la Ley reguladora de la misma, o la solicitud de informes sobre personas titulares de riesgos fuera de los casos expresamente autorizados en dicha Ley, cuando no concurran las circunstancias a que se refiere el párrafo j del artículo anterior.

o. La realización de actos fraudulentos o la utilización de personas físicas o jurídicas interpuestas con la finalidad de conseguir un resultado contrario a las normas de ordenación y disciplina, siempre que tal conducta no este comprendida en la letra k del artículo anterior".

Entendemos que la actitud de los directivos de BANKIA ha vulnerado de modo flagrante estos preceptos, y que éstos deben ser sancionados con la máxima severidad, pues entendemos que ha existido mala fe y reiteración en la presunta comisión de las infracciones, y que además de las consecuencias económicas sancionadoras, se les debería inhabilitar de modo permanente (al SR. RATO y demás gestores de Bankia
responsables de todo ello) para ejercer el comercio y la actividad bancaria de modo permanente, y a embargárseles todos sus bienes y a indemnizar a todos los españoles y clientes de Bankia por todos los enormes perjuicios que se han causado.

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3 comentarios:

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    3º.- Para finalizar, Pulsamos el botón inferior "publicar".

    P.D. Si no puedes lee con atención lo explicado aquí.

    Un Saludo

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  3. Tenéis un telefono de contacto para unirse a la denuncia

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