martes, 3 de marzo de 2015

PREFERENTES BANKIA: MERCANTILES, AHORRADORES, PREFERENTES, SUBORDINADAS, ACCIONES, ¡¡¡¡A TODOS SE NOS ESTAFÓ DE LA MISMA MANERA!!!!

                                                                                                                                                                                                  A MariPaz

Esta noticia es muy buena para todos los temerosos, para los que están dando los últimos pasos para llegar a los juzgados. Les crece la esperanza y comienzan las ilusiones porque las dudas se aclaran.

 ¡¡A POR ELLOS...!!

. Ya se ha roto la exclusividad del reconocimiento de todos los derechos a "las personas físicas". Ésta sentencia ha roto una lanza en favor de las "jurídicas" y de las que no lo son. Ha quedado reconocido, de forma general, que la información que Bankia (CajaMadrid) ofrecía a sus elegidos para ser estafados, era a todas luces, insuficiente, además de malintencionada.

Así pues, todos los engañados, ¡a demandar! que, a mal que lo hagan sus abogados, tienen la victoria al alcance de su mano. Ya en mi recurso, contra la sentencia condenatoria que me endoso la jueza, de pésimo recuerdo, se reconoció la carencia o insuficiencia informativa, pero además, ésta se aplicó desde una situación mercantil de Bankia, de insolvencia absoluta. También alterando el precio de las cosas.

La forma de contratación de las subordinadas fué igual que la de las preferentes. Reclamad ya, no dejéis transcurrir mas tiempo, no vaya a ser que surjan o dicten nuevas normas, desde donde se dictan y por quienes las dictan,  y fastidien las posibilidades de victoria de ahora mismo. Luchad por lo vuestro que nunca se han tenido tantas posibilidades de recuperar lo que a todos nos robaron..

¡¡SUERTE!!

                                                                 -----------------------



Martes, 3 de marzo de 2015

Fallan por primera vez a favor de una mercantil en un caso de subordinadas

El Juzgado número dos de Ponferrada emite una sentencia pionera al tratarse de una persona jurídica.



  • Fachada de los juzgados de Ponferrada en una foto de archivo. - ldm
    Fachada de los juzgados de Ponferrada en una foto de archivo. - ldm
1
C. F. C. | PONFERRADA 03/03/2015
Un juzgado de Ponferrada acaba de emitir una sentencia pionera en un caso de obligaciones subordinadas al declarar nulo un contrato suscrito por una sociedad mercantil. Hasta el momento, todas las setencias favorables en casos de preferentes o subordinadas se referían a ahorradores particulares, en su mayor parte ancianos sin conocimientos necesarios para comprender el tipo de producto financiero que suscribían. Pero el juzgado número dos de Ponferrada que dirige la magistrada Amelia María Pérez Mosteiro, acaba de decaretar la nulidad, también «por error de consentimiento» de seis contratos de suscripción de obligaciones subordinadas emitidas por la antigua Caja España, por importe nominal de 190.000 euros con una sociedad anónima cuyo nombre no ha trascendido.
La setencia fundamenta su fallo en que «la entidad bancaria demanda debía haber realizado, y no efectuó, en tanto ello no fue probado en el acto de la vista, un juicio de idoneidad del producto, que incluía el contenido del juicio de conveniencia».
«Para ello —continúa la magistrada— debía haber suministrado al ciliente una información comprensible y adeuada sobre este producto, que incluyera una advertencia sobre los concretos riesgos que asumía, y haberse cerciorado de que el cliente era capaz de comprender estos riesgos y de que, a la vista de su situación financiera y de los objetivos de inversión, este producto era el que más le convenía».
El letrado de la sociedad, Marco Morala, satisfecho con el fallo, explicó en una nota que «las obligaciones subordinadas son productos de renta fija a largo plazo que pueden clasificarse como un instrumento financiero complejo de riesgo alto. Es un producto híbrido entre la deuda y las acciones», pero a diferencia de otros productos bancarios «existe un riesgo vinculado directamente a la solvencia de la entidad emisora, pudiendo perder no sólo los intereses pactaddos, sino también el capital invertido.
Morala añadió que la setencia se hace eco de la línea marcada por el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justica de la Unión Europea.

No hay comentarios:

Publicar un comentario