martes, 8 de octubre de 2013

PREFERENTES BANKIA: LA DERECHA RECALCITRANTE ¿QUIEN INSISTE, EL QUE DEMANDA O EL QUE SANCIONA?.

La forma de presentar, la opinion pólitica, o personal, viene a demostrar el talante de la derecha leonesa, ante el acatamiento de las sentencias, tras sus reiterados recursos. Que seran legales, pero no acatados. La noticia, sin ningún pudor, dice que el TSJ "insiste". Yo me pregunto: ¿Quien practica la insistencia, el juzgador o el condenado?.

No se conforman con ignorar una sentencia, sino que critican el trato de "no favor" ni de servilismo. Pero es que se trata de la Justicia. A la que todos los españoles estamos sometidos desde el instante mismo en que nuestras madres nos paren en tierra patria. Parece que hay alcaldes en ésta Comunidad, en competencia por fama negativa. Éste edil me hace recordar al que rige Valladolid, al de las Declaraciones polémicas: Al decir de la Pagín que "va a repartir condones a diestro y siniestro por donde quiera que vaya y que va a ser la alegría de la huerta"...o, "cada vez que le veo la cara y esos morritos pienso lo mismo, pero no lo voy a contar aquí".  La Cospe lo catalogó como "lamentable".  Ana Matos: "una grosería impresentable" y Rubalkaba:  Hay algo  en la genética del PP que rechina un poco...

Otro alcalde de la misma Comunidad, de Valderas, es Eloy José Rubio de Lamo, que a punto de declararse en bancarrota su ayuntamiento le metió un pufo de 54.000€, solo en manduca. 

Otro edil famoso fue Ismael Álvarez Rodríguez, éste de Ponferrada, donde compartió escando con el "caso Nevenka" y también pleiteó contra el TSJ de Leon.

Isabel Carrasco Lorenzo, la de Santibáñez del Bernesga es una famosa PPera, visitante de los juzgados de León, a base de requerimientos judiciales; Conocida entre los suyos como, la mujer de los trece sueldos, acumulando así 150.000 euros anuales, más dietas y desplazamientos, duplicando esta cantidad.

En fin, ligeramente documentado el tema, os dejo con parte de la prensa de Castilla.León, con el talante desarrollado por los delincuentes que se las ven con Sus Señorias, y con las reacciones de los que se creen por encima de Dios.

Todos ellos de la misma formación política. Todos ellos con la misma vision del mundo, de las gentes, y, de los patrimonios. No tienen ni arreglo, ni posibilidad de evolucion. Poseen los mismos rasgos de clonación, como prefabricados para ciertos fines.

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Diario de León.


 | Martes, 8 de octubre de 2013

El TSJ insiste en la «nulidad» del despido 

colectivo del Ayuntamiento


Una nueva sentencia condena al equipo de gobierno a reingresar a un trabajador .

ÁLVARO CABALLERO | LEÓN 08/10/2013
Por tercera vez, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León resuelve un recurso interpuesto por un trabajador con un fallo en el que se cita la «nulidad del despido colectivo». Una nueva sentencia, que se suma a las dos registradas en el mes de julio, que pone en entredicho el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) con el que el equipo de gobierno rescindió 115 contratos y amortizó 83 plazas en excedencia. Un proceso en el que los magistrados de la sala de lo social inciden en que hubo «omisión de unos criterios suficientemente específicos de los trabajadores afectados», lo que hubiera permitido la determinación de los despedidos «sin acudir a decisiones arbitrarias o discrecionales sin relación con los principios de igualdad, mérito y capacidad».
La sentencia obliga al Ayuntamiento de León a readmitir al trabajador, además de pagarle el dinero que hubiera percibido desde el despido, efectuado el 20 de junio del 2012, y la fecha efectiva de reincorporación: más de 31 euros en la actualidad. La misma condena que ya se aplicó en el caso de las dos anteriores empleadas, también pertenecientes al servicio del albergue municipal que el equipo de gobierno del PP decidió cerrar dentro del plan de ajuste. Unos fallos que la concejala de Personal, Nuria Lesmes, ha recurrido ante el Tribunal Supremo, con los sindicatos CCOO, USO y Csif como aliados en contra de los trabajadores, plasmado en la adopción de un acuerdo de la mesa negociadora, con la oposición de UGT y Asial, para intentar revocar la nulidad de las rescisiones contractuales.
Pese a esta postura de defensa de la legalidad del despido colectivo, secundada por los tres sindicatos, el TSJ recalca en su fallo la nulidad debido a la ausencia de los criterios para la elección de los despidos, dado que «no puede decirse que realmente existen cuando lo que se proporciona es un mero listado de circunstancias que pueden temerse en cuenta o no y que se ignora cómo se pueden aplicar». «Y ello es causa del despido colectivo, que se proyecta sobre el despido individual, máxime en el caso de administraciones públicas donde tales criterios han de respetar necesariamente los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad», subrayan los magistrados. Una causa junto a la que se añade que en el plan de ajuste no se incluían los despidos, ni aparece justificada ninguna circunstancia sobrevenida «para modificar la planificación financiera y justificar el despido practicado».

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