No hacen falta test de idoneidad ni de conveniencia, basta saber que te vendían por 100 lo que valía bastante menos, y que lo hacían sabiendo el valor de las cosas. El engaño ha sido tan manifiesto, que el dolo sale a flote en cuanto se agita un poquito el tarro de la mierda.
Bankia pide testifical y ella misma renuncia a realizarla. ¡¡¡Un empleado, y no le recurren la sentencia!!!...Quien habría de decirlo hasta hace muy poquitas fechas...
A este paso, cada testigo bankiario, se tendrá que pensar lo que "suelta" ante el juez. A partir de ahora tendrá que declarar por la verdad, por el prójimo y por compañerismo... Difícil lo tienen en cuanto a dignidad y a porvenir.
Esperemos alguna manita en forma de verdad Suprema, que pronto debe llegarnos para que, todo esta mierda de conducta bankiaria se valla al garete. Cada vez está mas cerca. La jurisprudencia solo se puede evitar con una solución global: Declarando ilegal la emisión de preferentes del 2009.
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Bankia, condenada por colocar preferentes a un exempleado
Un juzgado de Telde estima la demanda de un trabajador de una
sucursal rural de Gran Canaria que adquirió el producto tóxico ofrecido
por sus compañeros de oficina.
Alexis González
- Las Palmas de Gran Canaria
Empleado de la Caja Insular de Ahorros de Canarias
(integrada en Bankia) recién prejubilado y presuntamente conocedor de
los riesgos de las participaciones preferentes que se habían lanzado al
mercado. Es el penúltimo perfil de víctima de las preferentes que ha
ganado una demanda contra su propia empresa. Se trata de un trabajador
de una sucursal rural de la isla de Gran Canaria, quien a escasos días
de su prejubilación, suscribió un contrato por valor de 125.000 euros
ofrecido por sus compañeros de trabajo, y que una juez de Telde ha
anulado.
La sentencia dictada por la titular de
Primera Instancia 1 de la ciudad de los faycanes, María del Carmen López
Tomasety Fernández, da la razón al demandante, representado en este
caso por el despacho de abogados especializado en preferentes Rodríguez,
Parrilla y Pérez Abogados SCP, y obliga a Bankia a devolver 150.000
euros al exempleado de La Caja y a su esposa, por un nuevo caso de
"indiscutible vicio en el consentimiento", a pesar de que el contrante y
demandante fuera un empleado de la propia entidad de ahorros
grancanaria.
La juez explica en su sentencia, que no
ha sido recurrida por Bankia y ya es firme, que fue en el interrogatorio
del director de la sucursal cuando quedó meridianamente esclarecido que
no hubo una información exhaustiva de los riesgos que corría su propio
empleado, a la hora de adquirir esas acciones preferentes de la
desaparecida La Caja. "Afirma haber informado de los riesgos" [... ]
pero "conjuntamente haber relativizado la información de riesgos tales
como la rentabilidad o la liquidez", con expresiones como "no se le pasó
por la cabeza que cerrara el mercado secundario", o "no se la pasó por
la cabeza que La Caja quebrara".
Y eso en que en este
inédito caso de un empleado que gana a su propia caja una demanda por
un producto tóxico, la demandada pretendió hacer prevalecer en el juicio
la condición de trabajador de la misma para que no prosperara la
nulidad del contrato. El perfil, aún así, del empleado recién
prejubilado era del que nunca ha tratado con productos tóxicos, ni fue
director ni apoderado de su oficina, aunque se mantuvieran reuniones
conjuntas para dar la explicación correspondiente del producto que se
ponía en el mercado para sus clientes.
Bankia, que en el juicio celebrado a finales de 2013 llegó incluso a
renunciar a testificales que habían sido propuestas por la misma
entidad, alegó en su defensa que constaban firmas del demandante, como
trabajador de la entidad, en suscripciones de subordinadas, aunque el
propio director de la oficina llegó a admitir que el empleado no
acostumbraba a realizar ese tipo de operaciones con otros clientes, y
por tanto tener conocimiento de sus riesgos.
Arbitraje y nuevos engaños
Desde el despacho de www.rpabogados.com han explicado a Canarias Ahora
la situación en la que se encuentran, a fecha actual, los antiguos
titulares de preferentes y subordinadas. De un lado, quienes en marzo de
2012 aceptaron el canje por acciones ofrecido por Bankia, han visto
como "tras el contrasplit del primer semestre de 2013 cada 100 acciones
iniciales dadas a los firmantes por este canje se convertían en una
sola, por lo que la pérdida ha sido total". De otro, los que se vieron
forzados por el FROB al canje obligatorio de mayo de 2013, "han sufrido
quitas iniciales de entre el 29% y el 40% en función del producto y la
entidad".
Además, en relación al arbitraje
desarrollado desde la primavera pasada por Bankia, este despacho pionera
en la defensa de los intereses de los afectados por productos bancarios
tóxicos e integrado en la asociación Abogados Preferentes, explica, en
relación a Bankia -la principal demandada en Canarias, por la anterior
Caja Insular- tiene unas 12.000 solicitudes de arbitraje en las Islas, y
calculan que el dinero que se pueda recuperar por esa vía no va a ser
superior a una tercera parte del total.
"La inmensa
mayoría de la reclamaciones admitidas son las de menor importe
invertido, pues Bankia ha primado la restitución de su dinero al mayor
número posible de clientes, denegando la práctica totalidad de las
reclamaciones superiores a 30.000 euros", aclaran los abogados
grancanarios Rodríguez, Pérez y Parrilla, quienes también destacan que a
muchos que adquirieron participaciones preferentes y obligaciones
subordinadas y que también les fueron colocadas acciones de Bankia ya en
2011, el valor de estas, no solo ha sufrido un "notable declive", sino
que se ha consumado "la total pérdida del valor de estas acciones".
Estos abogados especializados indican que los clients minoristas que
destinaron el dinero que tenían en sus cuentas corrientes para adquirir
estas acciones iniciales de Bankia "no dispusieron de información veraz
para conocer los riesgos reales de la emisión [de 2012] que por parte
de Bankia se les comercializaba y que, como hemos visto, se basaba en
datos que luego se demostraron falsos".
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